Protección patrimonial del viudo: España vs Reino Unido (Common Law) — análisis comparado 2026

Análisis comparado entre el Derecho español (Civil Law) y el británico (Common Law — Inglaterra/Gales y Escocia) sobre la protección del cónyuge supérstite: ausencia de régimen matrimonial en el Reino Unido, statutory legacy de 322.000 £ y prior rights escoceses frente a la sociedad de gananciales y el usufructo vidual español.

Introducción

En el ámbito del Derecho de familia y sucesiones, la concepción del patrimonio conyugal difiere radicalmente si observamos la tradición del *Civil Law* frente a la del *Common Law*. Un análisis comparativo entre el ordenamiento jurídico español y el británico —particularmente Inglaterra y Gales, y Escocia— revela cómo dos sistemas con puntos de partida diametralmente opuestos persiguen, a través de herramientas distintas, la protección del cónyuge supérstite.

1. El punto de partida: la ausencia de régimen económico-matrimonial en el Reino Unido

El elemento de mayor ruptura entre el ordenamiento español y el británico es la inexistencia de un régimen económico-matrimonial en el Reino Unido. Mientras que en España el régimen supletorio de primer grado en el Derecho común es la sociedad de gananciales (haciendo comunes las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges), en Inglaterra y Gales rige el principio de estricta separación patrimonial. Desde la *Law of Property Act 1925*, los cónyuges son tratados como dos personas independientes a efectos de adquisición de intereses patrimoniales.

Por tanto, la celebración del matrimonio no altera *a priori* la titularidad de los bienes ni de las deudas. Escocia sigue una premisa idéntica, consolidada en la *Family Law (Scotland) Act 1985*, donde el matrimonio por sí mismo no afecta a los derechos de las partes sobre su propiedad.

Esta independencia patrimonial significa que, a la muerte de uno de los cónyuges, no existe un "patrimonio común" que liquidar, como sí ocurre en España con la disolución de la sociedad de gananciales, donde el viudo obtiene la mitad del haber neto antes de abrir la sucesión. En el Reino Unido, la protección económica del viudo recae casi exclusivamente sobre las normas de la sucesión intestada.

2. La sucesión intestada: el peso de la protección en el *Common Law*

Al no existir liquidación de gananciales, el ordenamiento británico dota al cónyuge supérstite de unos derechos sucesorios abrumadoramente superiores a los del Derecho común español.

2.1. Inglaterra y Gales

Si el cónyuge viudo concurre con descendientes, tiene derecho prioritario a los objetos personales y ajuar del causante (*personal chattels*). Junto a esto, percibe un "legado estatutario" (*statutory legacy*), suma neta y fija, libre de impuestos, que devenga intereses desde el fallecimiento. En la actualidad, esa cifra asciende a 322.000 libras esterlinas.

En la práctica, dado el elevado importe de este legado estatutario, en patrimonios de cuantía media o baja el cónyuge viudo absorbe la totalidad de la herencia, desplazando a los descendientes. Si quedara remanente tras abonar este legado, el viudo tiene derecho a un *trust* sobre la mitad de dicho remanente.

2.2. Escocia