Multa anulada en Torrevieja: le quitaban 6 puntos del carnet por un error que no era suyo

Caso real de Bufete Padilla: multa de 500 euros y 6 puntos por circular en dirección prohibida en Torrevieja, anulada en los tribunales porque la denuncia situaba los hechos en un cruce de doble sentido y las fotos eran de otro. Cómo recurrir una multa de tráfico y defender tus puntos.

Caso de éxito de Bufete Padilla · Gabriel Padilla Franco, abogado, ICAE n.º 1265 · 16 de octubre de 2026

Le quitaban 6 puntos del carnet por un error que no era suyo

Hace unos meses vino a vernos un cliente con una multa de tráfico en la mano. Le acusaban de circular en dirección prohibida por una calle de Torrevieja. La sanción: 500 euros y 6 puntos menos en el carnet.

Los 500 euros duelen, claro. Pero lo que de verdad le quitaba el sueño eran los puntos. Seis puntos son la mitad de los doce con los que cuenta un conductor. Con una sanción así, cualquier otro despiste te deja al borde de quedarte sin carnet. Y para mucha gente el carnet no es un capricho: es ir a trabajar, llevar a los niños al colegio o ganarse la vida.

Revisar el expediente: donde apareció el error

Nos sentamos con él, pedimos el expediente sancionador y empezamos a leer con calma. Y ahí apareció algo que no cuadraba.

La denuncia situaba los hechos en un cruce concreto. Pero en ese cruce la calle es de doble sentido y no hay ninguna señal de dirección prohibida. Cuando el agente se ratificó por escrito en su denuncia, acompañó unas fotografías que no eran de ese cruce, sino de otro distinto, a unos quinientos metros.

Lo planteamos ante el Ayuntamiento y no nos hicieron caso. Así que fuimos a los tribunales, con un recurso contencioso-administrativo.

El juicio: el agente rectifica

En el juicio pude preguntar directamente al agente que puso la multa. Le enseñamos los planos y las fotografías de los dos cruces. Al verlos, acabó reconociendo que los hechos habrían ocurrido en el otro cruce, no en el que había escrito en la denuncia. Tampoco supo precisar por dónde venía exactamente el vehículo.

El juez lo explicó con mucha claridad en la sentencia. Las declaraciones del agente fueron, en sus palabras, «rectificadas y modificadas de forma sustancial en el acto del juicio». Y con ello, «los elementos probatorios de que contaba la Administración para imputar la infracción al demandante, han decaído». Además, no se puede multar a alguien por un hecho y luego intentar sostener la multa con otro distinto.

Resultado: multa anulada. Ni 500 euros ni 6 puntos.