Nueva Ley Antiocupación 2026: el Congreso aprueba la tramitación — desalojo en 24 horas, recuperación del IBI y reforma penal
El Congreso da luz verde a la nueva Ley Orgánica contra la ocupación: desalojo exprés en 24 horas, agravantes penales, recuperación del IBI y del Impuesto sobre el Patrimonio, refuerzo de las comunidades de propietarios y baja en el padrón. Análisis para propietarios, expatriados e inversores en la Costa Blanca.
Una reforma que cambia las reglas del juego para los propietarios
El Congreso de los Diputados ha aprobado el 25 de mayo de 2026 la toma en consideración de la nueva Ley Orgánica contra la ocupación de viviendas, con 171 votos a favor, 164 en contra y 11 abstenciones. La propuesta —impulsada por el Grupo Popular y con tramitación como ley orgánica— endurece las penas, abre la puerta al desalojo en 24 horas y permite recuperar impuestos como el IBI y el Impuesto sobre el Patrimonio pagados durante el periodo de ocupación.
Para los propietarios extranjeros con vivienda en la Costa Blanca (Torrevieja, Orihuela Costa, Moraira, Calpe, Jávea, Santa Pola…), la reforma es especialmente relevante: muchos compradores británicos, holandeses, noruegos y franceses han sufrido en los últimos años episodios de okupación durante sus largas ausencias del país. Te explicamos, punto por punto, qué cambia y qué debes hacer ya.
> Estado de la norma: texto aprobado para toma en consideración. Aún debe pasar el trámite de enmiendas en comisión, volver al Pleno y, al tratarse de ley orgánica, obtener mayoría absoluta. Hasta entonces, no es derecho positivo.
1. El ocupante ilegal pierde la protección reforzada del domicilio
El primer gran cambio es conceptual. La reforma distingue de forma expresa entre domicilio legítimo y ocupación ilegal: quien entra en una vivienda sin título válido no goza de la inviolabilidad del domicilio del artículo 18.2 CE.
Esto permite que las autoridades:
- Requieran al ocupante para que abandone el inmueble o acredite título en un plazo máximo de 24 horas.
- Ordenen el lanzamiento inmediato si no se acredita derecho alguno.
- En delito flagrante, practiquen un desalojo automático, sin esperar autorización judicial caso por caso.
Es la modificación más sensible del texto, porque incide directamente en cómo se interpreta la inviolabilidad del domicilio en estos supuestos.
2. Endurecimiento penal y foco en las mafias
El texto eleva las penas y crea nuevos tipos:
| Conducta | Pena prevista |
|---|---|
| Ocupación con violencia o intimidación | 1 a 3 años de prisión |
| Ocupación sin autorización (usurpación) | 6 a 18 meses de prisión |
| Promoción, facilitación o difusión de herramientas para ocupar | 3 meses a 1 año de prisión |