Google Maps y valoración de inmuebles: el Supremo exige visita pericial
STS 923/2026: Google Maps no sustituye por sí solo la visita del perito en ITP-AJD. Pruebas, recursos y diferencias con el valor de referencia del Catastro.
¿Ha recibido una liquidación complementaria de ITP porque Hacienda considera que su vivienda vale más de lo declarado, pero el perito nunca entró en ella? Google Maps, una fotografía de fachada y los datos del Catastro no bastan por sí solos para sustituir una valoración pericial individualizada. La STS 923/2026, de 16 de julio, reafirma que la visita al exterior y al interior es la regla general cuando la Administración utiliza el dictamen de peritos.
La sentencia no prohíbe Google Maps como herramienta auxiliar ni anula automáticamente cualquier liquidación sin visita. La excepción exige una justificación concreta y objetiva. Tampoco elimina el valor de referencia del Catastro. Estos límites importan tanto como el titular de la noticia.
Qué sentencia es y qué resolvió el Tribunal Supremo
La resolución es la STS 923/2026, de 16 de julio de 2026, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, recurso 6851/2024. Hemos contrastado el texto de la sentencia reproducido por Fiscal Impuestos, no solo el resumen periodístico. El caso procedía de Extremadura y afectaba a una compraventa de vivienda y plaza de garaje formalizada el 27 de abril de 2018.
El precio conjunto fue de 120.000 euros. La Administración lo elevó a 201.122,88 euros y exigió una liquidación adicional de 7.419,30 euros, incluidos intereses. Son cifras de aquel expediente, no una tarifa ni una estimación aplicable a otros compradores.
El adquirente había acompañado a la escritura un informe de arquitecto técnico elaborado antes de la compra, con visita interior y exterior. El informe describía circunstancias relevantes de conservación y habitabilidad. La perito administrativa no visitó el inmueble y justificó su ausencia con datos catastrales, planos, ortofotografías y una fotografía exterior obtenida de Google Maps. El TEAR y el tribunal autonómico confirmaron la actuación, pero el Supremo casó la sentencia y anuló la resolución económico-administrativa y la liquidación, con el alcance indicado en su fundamento quinto.
Por qué una imagen de Google Maps no demuestra el valor de una vivienda
Una fachada aparentemente cuidada puede ocultar humedad, instalaciones obsoletas o la necesidad de una reforma integral. Una imagen exterior no acredita la distribución real, calidad de los acabados, estado de los materiales ni las condiciones interiores relevantes en la fecha de adquisición.
En el caso examinado, la motivación para omitir la visita era prácticamente idéntica a la empleada en otro expediente: el Tribunal la calificó de estereotipada. No basta con enumerar fuentes digitales y afirmar que la inspección resulta innecesaria. Debe explicarse cómo permiten conocer las circunstancias singulares del bien.
El fallo reafirma una doctrina anterior, no inventa una garantía completamente nueva. Los datos catastrales pueden ser relevantes, pero una valoración masiva y un dictamen individualizado persiguen objetivos diferentes. La herramienta digital puede apoyar el trabajo del perito; no reemplazar sin más la comprobación que necesita su conclusión.
Cuándo es obligatoria la visita del perito y cuándo puede omitirse
Cuando la Administración escoge el dictamen de peritos del artículo 57.1.e de la Ley General Tributaria, la regla general es la inspección personal y directa del exterior y del interior, incluyendo los elementos necesarios para singularizar el valor. El artículo 160.2 del Reglamento aprobado por el RD 1065/2007 también regula el reconocimiento personal cuando las circunstancias relevantes no pueden obtenerse de fuentes documentales contrastadas.