Ficheros de morosos: cuándo es ilegal que te incluyan y qué indemnización te corresponde (STS 1314/2026, de 23 de julio)
La STS 1314/2026, de 23 de julio (rec. 8019/2024, ROJ: STS 3502/2026) fija un criterio decisivo: si el deudor impugnó la deuda antes de ser incluido en un fichero de solvencia —por escrito extrajudicial o mediante demanda de nulidad por usura—, esa deuda ya no es cierta, vencida ni exigible y la inclusión constituye intromisión ilegítima en el derecho al honor. El Tribunal Supremo fija la indemnización en 2.000 euros y recuerda que las cifras inferiores son meramente simbólicas. Guía completa del art. 20.1.b) LOPDGDD, ASNEF, Experian y la reclamación paso a paso.
1. El problema real: aparecer en ASNEF por una deuda que estás discutiendo
Pocas cosas causan tanto daño silencioso como aparecer en un fichero de morosos (ASNEF-Equifax, Experian-Badexcug, CIRBE en su ámbito propio). No hay notificación en el buzón que refleje el verdadero alcance: simplemente, un día te deniegan una financiación, una tarjeta, un contrato de suministro o el alta de una línea, y descubres que tus datos figuran como impagado.
El conflicto se dispara cuando la deuda no es pacífica: el consumidor ha reclamado a la entidad, ha discutido intereses usurarios, ha pedido la nulidad de cláusulas o incluso ha puesto una demanda. Y aun así, la financiera comunica sus datos al fichero.
La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Primera) núm. 1314/2026, de 23 de julio —recurso de casación 8019/2024, ROJ: STS 3502/2026, ECLI:ES:TS:2026:3502, ponente el Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez— resuelve exactamente ese supuesto y lo hace con una doctrina que conviene conocer antes de firmar cualquier renuncia o aceptar cualquier acuerdo con la entidad.
En [Bufete Padilla](https://bufetepadillatorrevieja.com/es/contact) —Torrevieja, Elche y Moraira— llevamos con frecuencia reclamaciones de este tipo, tanto de residentes españoles como de expatriados británicos, holandeses, alemanes y nórdicos que financiaron consumo, tarjetas revolving o compras en España.
2. Los hechos del caso
El supuesto es de manual y por eso resulta tan útil:
| Fecha | Hecho |
|---|---|
| 5 de abril de 2022 | La prestataria dirige a la financiera (Cofidis) una reclamación extrajudicial en la que sostiene el carácter usurario del contrato, pide la eliminación de cláusulas abusivas y la restitución de lo indebidamente cobrado, manifestando su voluntad de acuerdo |
| 3 de junio de 2022 | Interpone demanda de nulidad del contrato por usura |
| 6 de octubre de 2022 | La financiera comunica sus datos al fichero de solvencia patrimonial |
Después, la afectada demandó por intromisión ilegítima en el derecho al honor, pidiendo 3.000 euros de indemnización.
Recorrido procesal
| Instancia | Resolución |
|---|---|
| Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Zaragoza (sent. 275/2024, de 17 de abril) | Desestima la demanda, con costas a la demandante |
| Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 4.ª (sent. 334/2024, de 24 de julio) | Desestima el recurso de apelación, con costas y pérdida del depósito |
| Tribunal Supremo (STS 1314/2026) | Estima el recurso de casación, aprecia intromisión ilegítima y fija la indemnización en 2.000 euros |