Reclamaciones Bancarias

La litigiosidad bancaria sigue viva en 2026, pero ha cambiado de terreno. Ya no basta con decir que una cláusula es abusiva: hay que acreditar la falta de transparencia con la documentación precontractual concreta y hay que situar bien el inicio del cómputo de la prescripción. El Tribunal Supremo ha afinado ambos frentes en las sentencias 1353/2026 y 1356/2026. Nuestro trabajo empieza por un estudio de viabilidad honesto: si no vemos recorrido, te lo decimos.

Qué se puede reclamar hoy

  • Gastos hipotecarios: notaría, registro, gestoría y tasación, según el reparto fijado por el Tribunal Supremo.
  • Comisión de apertura: reclamable cuando no supera el control de transparencia; el Supremo exige analizar importe, porcentaje, TAE, información entregada y posible solape con otros servicios.
  • Tarjetas revolving: nulidad por usura o por falta de transparencia, con devolución de lo pagado por encima del capital.
  • Seguros de prima única vinculados al préstamo.
  • Cláusula suelo, IRPH y vencimiento anticipado en préstamos antiguos.
  • Phishing y operaciones no autorizadas, con régimen de responsabilidad reforzado para la entidad.

La prescripción: el punto que decide muchos casos

La cuestión no es cuándo pagaste la factura del notario, sino desde cuándo pudiste conocer de forma efectiva que la cláusula era nula. El Tribunal Supremo sitúa el inicio del plazo en la firmeza de la sentencia que declara la nulidad, salvo que el banco pruebe un conocimiento anterior, efectivo e individualizado del consumidor.

Esto reabre muchas reclamaciones que las entidades dieron por cerradas por escrito. Si te contestaron que estaba todo prescrito, merece la pena revisarlo.

Cómo tramitamos la reclamación

  • Estudio de viabilidad con escritura, oferta vinculante, FIPER o FEIN, cuadro de amortización y recibos.
  • Reclamación previa al Servicio de Atención al Cliente de la entidad, obligatoria y con plazo de respuesta.
  • Reclamación ante el Banco de España cuando procede.
  • Demanda judicial ante el juzgado competente, con petición de intereses legales y costas.

Te damos una estimación de cuantía recuperable y de duración antes de presentar nada.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo reclamar una hipoteca ya cancelada?

Sí. La cancelación del préstamo no impide reclamar la nulidad de las cláusulas ni la devolución de lo indebidamente pagado, siempre que la acción no esté prescrita.

¿Toda comisión de apertura es abusiva?

No. El Supremo ha confirmado la validez de comisiones concretas cuando eran claras, estaban incluidas en la TAE, no solapaban otros servicios y se movían en rangos razonables. Hay que analizar cada préstamo.

¿Qué documentos necesito para el estudio?

Escritura de préstamo, facturas de notaría, registro, gestoría y tasación, oferta vinculante o FEIN, cuadro de amortización y, en tarjetas, los extractos con intereses aplicados.

¿Cuánto se tarda?

La vía extrajudicial, entre uno y tres meses. Un procedimiento judicial en primera instancia suele moverse entre diez y veinticuatro meses según el juzgado.